Artículos en prensa

Relación de últimos artículos de Juan Carlos Rodríguez Ibarra, publicados en prensa escrita.

¿Cuándo debe dimitir un cargo público? (elconfidencial.com)

“El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez ha decidido echarle un pulso jurídico a su colega Pablo Ruz. Bermúdez ha dictado hoy un auto en el que pide a Ruz, instructor del caso Gürtel, que se inhiba de la investigación sobre los papeles del extesorero del PP, Luis Bárcenas” (El País, 19/03/2013).

Ya ven, dos jueces echándose un pulso a la vista del respetable para ver quién se queda con el caso Bárcenas que, para la mayoría de los españoles, es un escándalo. Sin embargo, para ambos jueces parece ser un regalo por el que hay que pelear, dando la sensación que lo que se busca no es hacer justicia sino lucir pomposamente en el paseíllo mañanero por la alfombra de la calle Prim, por donde se ve desfilar a algunos jueces y magistrados –los llamados estrellas– con cara de no saber que varias cámaras les graban pero sabedores de que su cara será portada de periódicos y de telediarios.

Si se une eso al famoso dicho “depende del juez que te toque”, que tantísimas veces repiten los abogados defensores cuando los clientes que pleitean les preguntan por el destino final de su pleito, se entenderá perfectamente lo complicado que supone responder correcta y acertadamente a la pregunta que últimamente se formula la calle y la prensa: ¿En qué momento se debe dimitir de un cargo público cuando el titular del mismo se da de frente con la Justicia?

Basta leer diariamente la prensa para darse cuenta de que la Ley es una, mientras que los jueces son varios y diferentes y, por eso, cuando se trata de averiguar si la Ley te amparará en aquellos hechos que consideras que son vulnerados por otros, no hay forma humana de saberlo. Sencillamente nuestro destino en esas situaciones depende de lo que decidan personas que son jueces, más que de las leyes, puessegún quién sea la persona que te juzgue saldrás inocente o culpable del juicio.

La Ley es una, mientras que los jueces son varios y diferentes y, por eso, cuando se trata de averiguar si la Ley te amparará en aquellos hechos que consideras que son vulnerados por otros, no hay forma humana de saberlo

¿En España es legal que una madre dé dos guantazos a su hija menor de edad? La respuesta que te daría un abogado sería «no sé, depende del juez que te toque». El profano en Derecho se escandalizará y dirá, con razón, «pero… ¿no hay una ley que diga si es o no delito?». Sí, pero un juez, en ese caso, sancionó a una madre que hizo eso retirándole dos años la guardia y custodia y prohibiéndole acercarse a ella mientras durara la condena, en tanto que otro cambió la sentencia del primero porque, aplicando la misma legislación, consideró que la sanción impuesta excedía con creces la acción de la madre.

Ya saben, “dependiendo del juez que toque” una niña de ocho años se quedó con un castigo -las bofetadas de la madre- y con otro, la sentencia del primer juez que, creyendo sancionar a la madre, castigó a la niña a estar dos años sin ver a su progenitora; otro juez consideró cruel semejante sentencia. “Depende del juez que te toque”.

Si en España supiéramos que la Justicia no depende del juez que te toque, o si se supiera que tras una dimisión por imputación, a los tres o cuatro meses habría un pronunciamiento claro sobre la inocencia o culpabilidad del dimitido, no habría inconvenientes en defender que cualquier cargo público, nada más ser imputado por la sospecha de haber cometido algún acto aparentemente alejado de lo que debe ser el cumplimiento estricto de la legalidad, debería dimitir de ese cargo para afrontar serenamente la acción de la justicia.

No sólo sería recomendable que se hiciera así, sino que además, la dimisión temprana evitaría el penoso calvario que supone para un imputado la pena de los telediarios. ¿Por qué no se hace así? Porque un dimisionario tendrá que esperar cinco a seis años a que se sepa si era culpable o inocente -¿a dónde volverá si resultara inocente?- y porque a nadie le debe dar confianza ver a dos jueces peleando por ver quién lleva un caso. ¿Qué buscan cuando pleitean por quedarse con los casos más llamativos? ¿Qué clase de Justicia es aquella en la que el resultado de un juicio no depende de los hechos y de las leyes, sino del juez que te toque?

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¿Será Ratzinger más consecuente que Óscar López? (elconfidencial.com)

Nadie hubiera mostrado sorpresa porque alguno de los que figuran en la lista de Forbes tuviera decenas de millones en una cuenta de algún banco. Ya sabemos que los ricos son ricos y pueden tener ese dinero y más. Pero sí ha resultado llamativo que un tesorero de un partido político confiese ante un juez que guardaba 38 millones de euros en un banco helvético. Y es sorprendente por dos razones: la primera, porque tesorero no es sinónimo de persona que acumula tesoros para sí, sino aquel encargado de recaudar, custodiar y emplear el dinero o los fondos de una institución, en este caso, del partido que gobierna en España, en muchos ayuntamientos y comunidades autónomas, y cuyo ministro de Hacienda se pasa el día tratando de embestir a todo aquél que sea sospechoso de no cumplir fielmente con el Tesoro público.

Y, la segunda, porque nadie, con el sueldo de un tesorero puede acumular esa fortuna en tan corto espacio de tiempo por muy alto que fueran -y lo eran- sus emolumentos. No sería una interpretación descabellada aquella que dice que el señor Bárcenas recibía dinero de empresas o de particulares no por llamarse Bárcenas ni por ser tesorero, sino por ser tesorero del PP, en el bien entendido de que Bárcenas cambiaría dinero por favores. Pero como el tesorero no era quien adjudicaba obras públicas o contrataba servicios para las Administraciones, debería ser que él realizaba gestiones, a cambio de dinero, para que otros, los que gobernaban, devolvieran esos favores a los benefactores.

antes del error, ¿a disposición de quién estaba el cargo que dio el partido a cada uno de los que ocupan una responsabilidad orgánica o institucional?

En conclusión, el dinero que acumuló Bárcenas no era suyo ni para él; era para el partido del que era tesorero y, consecuentemente, sería el PP el que tendría que reclamar ese dinero que no es de Bárcenas sino suyo. Y si el PP estaba ausente de ese tráfico de influencias practicado por su tesorero, su tarea no debería consistir en denunciar a quien publicó los llamados papeles de Bárcenas, sino la de colaborar con la Justicia para descubrir quienes le dieron ese dinero, a quienes adjudicaron obras o servicios irregularmente, y para devolver los euros ganados con malas prácticas a la Hacienda pública. Si no lo hace así, el PP tiene difícil hacer creer a la población que anduvo ausente de una operación que sorprende, escandaliza y perjudica la fe de los ciudadanos en sus gobernantes.

Y mientras tanto, determinada prensa anda tratando de desviar la atención del monumental escándalo Bárcenas, es decir Gürtel, intentando situar por encima el caso Ponferrada para demostrar que siendo todos iguales, ninguno es diferente. No voy a negar, porque no tengo necesidad de hacerlo, que la moción de censura del grupo socialista del Ayuntamiento de Ponferrada contra el alcalde del PP de ese municipio, apoyándose en un concejal acusado y condenado por acoso sexual, es lo menos parecido a la decencia que debe imperar en un partido como el PSOE.

No voy a aceptar que sólo el alcalde electo haya sido el responsable de semejante majadería; conociendo como conozco el funcionamiento del PSOE, no me cabe la menor duda de que ningún grupo socialista municipal o parlamentario actúa en solitario en ese tipo de decisiones. Y, efectivamente, el secretario federal de Organización ha reconocido su equivocación y ha asumido su responsabilidad, poniendo su cargo a disposición de la permanente de la Comisión Ejecutiva federal socialista.

Si nadie de esa Comisión Ejecutiva o del Grupo Parlamentario Socialista exige la dimisión del responsable de tal fiasco, entonces se estará dando la razón a todos aquellos que dicen que ellos no militarían en un partido donde la libertad de expresión y de acción quedan anuladas como consecuencia de la disciplina y de la obediencia debida. Poner el cargo a disposición del partido es una redundancia que permite hacer la siguiente pregunta: antes del error, ¿a disposición de quién estaba el cargo que dio el partido a cada uno de los que ocupan una responsabilidad orgánica o institucional?

Benedicto XVI, cuando entendió que no estaba en condiciones de poner orden en su Iglesia, no puso el cargo a disposición de los cardenales que lo eligieron. Simplemente se fue. ¿Será más consecuente Ratzinger que Óscar López?

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